Los aportes fundamentales de la Constitución de 1980 al Sistema Jurídico-Político y Social Chileno

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por Francisco Bartolucci J., Abogado, profesor y ex-diputado

Chile ha constituido una rara excepción en el contexto latinoamericano por su estabilidad institucional, en buena medida acompañada de una larga vigencia de sus cartas fundamentales. Descontados los primeros ensayos constitucionales de los albores de nuestra Independencia, en realidad Chile se ha edificado sobre tres Constituciones Políticas, como son las de los años 1833, 1925 y 1980. Todas ellas fueron objeto, en su momento, de críticas por parte de los sectores que no las compartían, y que incluso cuestionaban su legitimidad. Sin embargo, se ha tratado de Constituciones que han contribuido, cada una desde sus peculiares aportes, a que Chile se haya consolidado como un país reconocido por la mencionada estabilidad.

Se puede afirmar sin temor a equivocarse, que la constitución de 1980, en el contexto en que fue dictada, fue precursora de los tiempos actuales, caracterizados precisamente por un abandono de las economías centralmente planificadas, por un afán universal de avanzar en el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales de las personas y garantizar más y mejores mecanismos protectores de los mismos; por proteger el medio ambiente en que se desenvuelve nuestra vida; por fortalecer y ampliar en todas sus proyecciones la dignidad humana; por la confianza en el Estado de Derecho como marco jurídico bajo el cual se desenvuelve el sistema democrático; por la toma de conciencia a nivel mundial de la necesidad de un manejo responsable y no populista de las finanzas públicas y muchos otros aspectos que se encuentran recogidos en nuestra actual Constitución, como son.

1.-Consagración, reafirmación y protección de la Persona y de su dignidad, sus derechos fundamentales, su libertad y fortalecimiento de la familia
2.-Carácter subsidiario del Estado
3.-Las bases de una sólida política económica
4.-Amplio catálogo de derechos y garantías constitucionales justiciables
5.-El reforzamiento del Estado de Derecho
6.-Promoción de la regionalización
7.-Reforzamiento de la justicia electoral

Más allá de los argumentos políticos, de revanchismo e ideológicos que esgrimen quienes quieren destruir nuestro orden institucional democrático y libertario para reemplazarlo por otro estatista,  en el cual primen los interese del colectivismo y el Estado por sobre el de individuos libres y autónomos, la verdad es que hoy nos rige una excelente Constitución y será muy difícil reemplazarla por otra que pueda mejor asegurarnos el vivir en una sociedad de hombres libres.

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